SENTENCIA
CONFIRMÓ NEXOS ENTRE LÍDERES DE EX COLONIA DIGNIDAD Y LA DINA
Corte
de Apelaciones de Santiago confirmó fallo que condenó a un ex agente y a un ex
jerarca alemán por el secuestro y torturas sufridas por Adriana Bórquez
SANTIAGO/TALCA.-
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó del ministro en
visita de dicha jurisdicción, Jorge Zepeda, quien había condenado en primera
instancia a Fernando Gómez Segovia, ex agente de la Dirección Nacional de
Inteligencia (DINA), y Gerard Mücke, ex jerarca de Colonia Dignidad, por el
delito de secuestro calificado de Adriana Bórquez.
Así
los ministros de la séptima sala, encabezados por Dobra Lusic, junto a Manuel
Antonio Valderrama y a la abogada integrante, María Cristina Gajardo,
confirmaron la sentencia que condenó a tres años de presidio -con el beneficio
de la remisión condicional de la pena- a Gómez Segovia y Mücke, por el
secuestro que comenzó en la ex Colonia Dignidad y que luego se prolongó en el
centro de detención de la DINA conocido como “La Venda Sexy”, ubicado en
Santiago.
El
fallo recuerda que Adriana Bórquez fue detenida y secuestrada en la ciudad de
Talca, el 23 de abril de 1975, siendo derivada a Colonia Dignidad por personal
del Ejército asignado a la DINA. Agrega que dicha práctica fue “efectuada con
planificación y colaboración de colonos alemanes pertenecientes a Colonia
Dignidad o Villa Baviera”.
COOPERACIÓN
La
sentencia destaca que “la privación de libertad de la víctima lo fue sin que
haya existido orden basada en causa legal y también formalmente al margen de
toda legalidad; y dicha sustracción se ejecutó por parte del organismo de
seguridad denominado Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) y de sus
colaboradores alemanes”.
“Los
agentes de Estado, miembros de la DINA, para cometer este delito, mantuvieron
diversas relaciones con la denominada Colonia Dignidad, que había adoptado el
nombre de Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad, situada en el fundo ex
El Lavadero. El líder, Paul Schäfer, y sus cabecillas, cooperaron y auxiliaron
voluntariamente, con pleno conocimiento y aceptación, en contra de un sector
determinado de la población civil chilena”, indica.
El
dictamen recuerda, además, que “todo lo anterior se dio en Chile en un contexto
de persecuciones, torturas, desapariciones y otros tratos crueles e inhumanos
en contra de un determinado grupo de la población civil, cuyos fundamentos
fueron motivos políticos; crímenes los cuales son reprochados universalmente y
sancionados criminalmente por el derecho chileno”.
“Acción
generalizada”
La
sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago explica que los hechos
registrados durante el régimen militar constituyen un “ataque en contra de
personas determinadas por parte de agentes del Estado y de sus colaboradores”.
“Formando tal persecución parte de una acción generalizada y sistemática en la que forman parte el líder y cabecillas de Colonia Dignidad o Villa Baviera; conociendo los hechores y los ayudistas que sus conductas constituían un determinado grupo de hechos punibles”, agrega.
Fuente: El Centro de Talca
“Formando tal persecución parte de una acción generalizada y sistemática en la que forman parte el líder y cabecillas de Colonia Dignidad o Villa Baviera; conociendo los hechores y los ayudistas que sus conductas constituían un determinado grupo de hechos punibles”, agrega.
Fuente: El Centro de Talca
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